sábado, 11 de febrero de 2012

martes, 13 de diciembre de 2011

MASA HEREDITARIA

La herencia es el patrimonio objeto de la transmisión por causa de muerte, mientras que la sucesión es la transmisión misma.

Debemos distinguir entre la masa hereditaria bruta de la masa hereditaria neta, la primera comprende todos los bienes, derechos y obligaciones que pertenecían al causante; la segunda llamada también herencia líquida es el patrimonio que resulta después de deducir de la masa hereditaria bruta, las cargas y deudas de la herencia, luego los gananciales que corresponden al cónyuge supérstite, al cual deben añadirse el valor de los bienes dados en calidad de donación o anticipo de legítima a favor de los herederos forzosos si no fueron dispensados de la obligación de colacionar.

COLACIÓN

Es la operación mediante la cual un heredero forzoso, llamado a la sucesión en concurrencia con otros, restituye a la masa hereditaria los bienes o valores recibidos del difunto a título gratuito.
La figura de la colación permite establecer una igualdad entre los herederos forzosos, ya que el causante ha podido realizar transferencias a título gratuito.

Las liberalidades realizadas por el causante en vida no son imputables a la cuota de libre disposición sino a la legítima y se considera como un anticipo de aquella.

Presupuestos:

1. Deben concurrir varios herederos forzosos.

2. Que algunos de los herederos forzosos hayan sido favorecidos en vida del causante con una donación o algún acto de liberalidad que pueda reputarse como un anticipo de legítima.

3. Que el heredero favorecido con la liberalidad no haya sido dispensado de la obligación de colacionar.

ANTICIPO DE LEGÍTIMA

Es el adelanto que una persona puede hacer a alguno de sus herederos forzosos, de una parte igual o menor de los bienes que les correspondería recibir por concepto de cuota hereditaria a la muerte de quien hace el anticipo.

Existen 2 clases de anticipo:

1. Anticipo simple:

Cuando es sin dispensa de la obligación de colacionar, es deducible de la porción de la herencia (Legítima) que le correspondería recibir al heredero beneficiado.

2. Anticipo no colacionable:

Cuando quien lo otorga lo hace dispensando al heredero de la obligación de colacionar, la que debe ser establecida mediante testamento o escritura pública (Art. 832º C.C.), dispensa que tiene efecto dentro de límites de la porción disponible del causante.

Obligados a colacionar

Están obligados a colacionar todos los herederos forzosos que hubiesen recibido donaciones en vida del causante.

Dispensa de colacionar

La regla general de la colación es que ésta procede siempre que el causante hubiera dispuesto de bienes a título gratuito a favor de sus herederos forzosos. (Art. 832º C.C.)
La excepción a esta regla es que la colación no se lleva a cabo si existe dispensa por parte del causante.
La dispensa significa la declaración del causante de que los bienes que dona no sean colacionados, y puede otorgarse dentro de la cuota de libre disposición.


Formas de colacionar

La reversión a la masa hereditaria de los bienes entregados en vida del causante pueden hacerse en 2 formas (Art. 833º C.C.):

1.Colación en especie:

Llamada también colación real, consiste en la restitución de los bienes en forma material, devolviéndose el bien a la masa si es que el heredero beneficiado con la liberalidad aún lo tiene en su poder.

Las mejoras al bien colacionado serán deducidas a favor del heredero que colaciona el bien; y si estará obligado a resarcir el valor de los deterioros que el bien ha recibido por culpa suya. (Art. 834º C.C.)

2.Colación en valor:
Se produce cuando se reintegra a la masa el valor del bien que fue donado o anticipado con el objeto de ser computado o deducido de la hijuela del heredero beneficiado con la liberalidad.

Momento en el cual se calcula del Valor Colacionable

El Art. 833º C.C. dispone que el valor colacionable sea el que el bien tenga en el momento de la apertura de la sucesión.

Bienes Colacionables y no Colacionables

Son colacionables no sólo aquellos bienes objeto de una donación propiamente dicha, recibidas por el heredero en vida del causante, sino también otras liberalidades o ventajas otorgadas sin contraprestación equivalente, tales como la cesión de créditos, la remisión de una deuda, etc.

No son colacionables:

1. Los bienes perecidos o siniestrados antes de la apertura de la sucesión por causas que no sean imputables al heredero (Art. 836º C.C.)

2. Lo gastado en alimentos, en darle una profesión arte u oficio al heredero (Art. 837º C.C.)

3. El importe de los seguros de vida contratado a favor del heredero ni las primas pagadas por ese seguro (Art. 838º C.C.)

4. Las utilidades obtenidas por el heredero, las que según el Art. 839º C.C. son consecuencias de contratados celebrados con el causante, se entiende que ellos son a título oneroso tales como el contrato de sociedad o el contrato de asociación en participación.
INDIVISION

Concepto

Cuando varias personas son llamadas a heredar surge entre ellos un estado de indivisión, en la que todos los herederos son propietarios en común de los bienes de la herencia en proporción a la cuota que tengan derecho de heredar.

Clases

Están clasificadas en:

1.Forzosa
Es aquella que existe por mandato de la ley, como los bienes comunes que constituyen la sociedad de gananciales o los bienes el patrimonio familiar o por la naturaleza de las cosas que son indivisibles como las áreas comunes o las paredes medianeras, etc.

2. Voluntaria:

Es aquella dispuesta por voluntad del testador o convenida por los herederos.

2.1. Por el testador:
De acuerdo al Art. 846º C.C. se puede establecer la indivisión de cualquier empresa
comprendida en la herencia, hasta por un plazo de cuatro años sin perjuicio de que
los herederos se distribuyan normalmente los herederos, a excepción de las
explotaciones agrícolas y ganaderas que se rigen por la ley de la materia.

2.2. Por los herederos:
Los herederos de acuerdo al Art. 847º C.C. están facultados para pactar la
indivisión total o parcial de la herencia hasta por un plazo de cuatro años, pudiendo
ser renovado en forma indefinida.

PARTICION

La partición sucesoria es el acto jurídico mediante el cual se pone fin a la copropiedad de la herencia, adjudicándosele a cada sucesor lo que corresponde.

Derecho a Partición

Pueden practicarla o solicitarla las siguientes personas:

1. Cuando el causante ha dejado hecha la partición de sus bienes en su testamento.
(Art. 852º C.C.)
2 Los herederos en su condición de copropietarios están obligados a hacer partición cuando uno de ellos o el acreedor de cualquiera lo pida, salvo los casos de indivisión forzosa, de acto jurídico o de ley que fije plazo para la partición. (Art. 984º C.C.)
3. Los acreedores de la sucesión o de cualquiera de los herederos, tal como lo prescribe el Art. 854º C.C. inc. 2 y el Art. 984º C.C.

Momento de la Partición

De acuerdo al tiempo de su realización se puede clasificar en:

1. Partición inmediata
La partición procede cualquier momento tal como lo dispone el Art. 984º C.C., salvo que el testador haya establecido la indivisión (Art. 846º C.C.) o la hayan convenido los herederos (Art. 847º C.C.) o se trate de indivisión forzosa.
Sin embargo, puede ordenar a petición de cualquiera de los herederos, la partición en cualquier momento, cuando sobrevienen circunstancias graves que lo justifiquen, tal como prevé el Art. 850º C.C.

2. Partición mediata
Se da este caso, cuando debe esperarse el plazo fijado por el testador o los herederos y no sobrevengan circunstancias graves, o cuando se trate de indivisión forzosa.

3. Partición sujeta a suspensión
Nuestro ordenamiento tiene tres figuras:

a) La partición que comprende los derechos de un heredero concebido será suspendida hasta su nacimiento. En el intervalo la madre disfruta de la correspondiente herencia en cuenta tenga necesidad de alimentos (Art. 856º C.C.)

b)La partición que se difiere o suspende, respecto de todos los bienes o de parte de ellos, por acuerdo de todos los herederos o por resolución judicial y por un plazo no mayor de dos años, cuando la ejecución inmediata pueda ocasionar notable perjuicio al patrimonio hereditario, o si es preciso para asegurar el pago de deudas o legados (Art. 857º C.C.)

c) La partición se difiere o suspende por acuerdo unánime (Art. 991º C.C.)

Clases

Existen las siguientes:

a) Realizada por el causante
Es aquella que permite el Art. 852º C.C. al testador para dejarla hecha en el testamento, señalando la norma que en este caso puede pedirse sólo la reducción en la parte que excede lo permitido por la ley.

b) Efectuada por los herederos
Esta partición es conocida también como convencional, amigable o extrajudicial.
Para que opere la presente partición se requiere que todos los herederos estén de acuerdo en hacer la partición, que pueden hacerla mediante escritura pública o ante el juez, por acta que se protocolizará. (Art. 853º.

c) Efectuada judicialmente
Se da cuando no hay acuerdo entre los herederos, y a solicitud de uno de ellos o de cualquier acreedor de la sucesión o de cualquiera de los herederos. La partición judicial, se realiza de acuerdo al trámite establecido por los Arts. 486º al 494º CPC. , que corresponden al Proceso Abreviado conforme a la Cuarta Disposición Final.

fuente: Balotario Desarrollado de la Universidad Mayor de San Marcos

martes, 5 de octubre de 2010

POSTULADOS PARA UNA REPARACIÓN CIVIL INTEGRAL

En el sistema jurídico actual la reparación civil es un tema que está en el tapete porque doctrinaria y jurídicamente no se llega a tener conceptos plenos ni escalas de mediciones con las cuales imponer una reparación civil en un contexto de daños hacia una persona, para poder entender de mejor manera hay que conceptualizar que es un daño, Larenz dice que el daño es el menoscabo que a consecuencia de un acaecimiento o evento determinado sufre una persona en consecuencia el daño vendría a ser el menoscabo o disminución de la esfera patrimonial o extra patrimonial del agraviado producto de una acción u omisión.
Nuestros magistrados hoy en día realizan una labor nada eficaz con relación a reparar el daño sufrido, más bien realizan la labor de adivinadores en la reparación porque en primer lugar no se puede determinar escalas de medición o baremos para decidir el quantum o el valor económico que tiene un dedo, un brazo, una pierna. Porque no podemos cuantificar el valor porque no lo encontramos en el mercado o no esta a la venta, por esa misma razón que le resulta difícil indemnizar a una persona que haya sufrido un daño de esta naturaleza, poniéndonos por ejemplo: la pierna de Ronaldinho no tiene el mismo valor que la pierna de un obrero, no lo digo en el sentido de la protección jurídica, ambos constituyen bienes jurídicos que es la integridad física, sino me refiero al valor de cuantificación para la reparación civil encaso de la perdida, el perjuicio va a ser más relevante para Ronaldinho porque es su fuente de trabajo su sustento económico a comparación de un obrero que el perjuicio no es tan relevante todo esto se debe considerar en una reparación por daños y perjuicios. Pero para introducirnos mas en el tema are una breve resumen; para la constitución de reparación de daños y perjuicios se toma en cuenta el daño emergente y lucro cesante al respecto nuestro maestro Lizardo Taboada nos ilustra mediante un ejemplo: si como consecuencia de un accidente de tránsito, un apersona pierde su vehículo lo que utilizaba como instrumento de trabajo para hacer taxi, el daño emergente estará conformado por el costo de la reposición del vehículo siniestrado, mientras que el lucro cesante, por los montos que el taxista dejara de percibir por su trabajo como taxista con su vehículo. La ilustración mediante un ejemplo por parte de nuestro maestro Lizardo expone claramente lo que es un daño emergente y lucro cesante, en consecuencia el daño emergente es la disminución de la esfera patrimonial del agraviado al momento de producirse el daño, y el lucro cesante es la disminución de los frutos o beneficios que deja de producir a consecuencia del daño en el ejemplo vendría a ser las ganancias del servicio de taxi pero hay que tener en cuenta que no me refiero al lucro cesante como un daño futuro que es otro tema sino a consecuencia del daño sufrido. En el tema expuesto anteriormente no hay problemas departe de los magistrados pero el problema radica especialmente en la indemnización o reparación de daño moral o psíquico o el daño al proyecto de vida de una persona o al apersona propiamente dicha, por la sencilla razón de que es difícil la cuantificación por ejemplo la pérdida de un ser querido-fallecimiento del padre en un accidente de tránsito , que hace el magistrado para reparar el daño moral, psicológico y económico hacia sus hijos, cónyuge y familiares que hace para reparar el proyecto de vida que tenían planeados con su padre es difícil la cuantificación como podemos ver por la sencilla razón de que al padre no podemos valorarlo pecuniariamente, el daño extra patrimonial sufrido en este ejemplo es relevante hacia sus parientes y el juez no tiene conocimiento exacto de ese daño, primer punto para una reparación eficaz es la estrecha e intima relación que debe existir entre los familiares del agraviado y tratar de explicar el grado de dependencia en todo sentido (moral, económico, social, etc.) hacia el padre. segundo punto es el dolor no físico, tercero la lesión que se causa en los sentimiento, cuarto el grado de actuación del sujeto que daña, esta postura creo que es la más acertada para mi persona por lo tanto expongo a toda la comunidad jurídica para no seguir con los comentarios que ya se convirtieron en adagio o proverbio popular que dice: con la reparación por daños y perjuicios no se repara en su integridad sino solo se compensa, intentemos cambiar esta realidad y establezcamos una eficiente actividad jurídica e impartición de justicia.

EL ANIVERSARIO DEL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL EN EL DISTRITO JUDICIAL DEL CUSCO

Toda la comunidad jurídica penal está de fiesta porque cumplió el año de la ejecución del nuevo código procesal penal exactamente desde el 01 de octubre del 2009, necesaria modificación para cambiar la cultura escribana de los sujetos procesales y disminuir su actividad monopólica inquisitiva del estado hacia los imputados, para recordar un poquito de la actividad punitiva del estado con el anterior código procesal penal, primero no se respetaba en su integridad el derecho a la defensa, no existía en la realidad el principio constitucional de presunción de inocencia, no estaban en una línea horizontal el fiscal y el abogado defensor, antes de dictarse una sentencia ya existía culpable, y muchos aspectos más en vulneración de principios y bienes jurídicos, esta realidad cambio con la implantación del nuevo código procesal penal gracias al Decreto Legislativo 957° que se perdió la cultura solamente escribana, hoy en día los sujetos procesales tienen que oralizar tu teoría del caso, tienen que oralizar la verdad adquirida y no la histórica, la estrategia de defensa debe ser sustentada ante un tribunal con una buena argumentación jurídica, con la aplicación de este nuevo código procesal ya, se encuentran en una línea horizontal el fiscal y abogado defensor, y el juez va a pedir las exposiciones de cada uno de ellos teniendo en cuenta su fundamentación fáctica y jurídica, de esta manera el juez de acuerdo al grado de persuasión y mejor sustentación de las tesis de ambos actores va a dar su sentencia condenatoria o absolutoria ¿no lo sé? Pero lo que si se y estoy seguro es que esta trayendo bueno frutos a la comunidad jurídica, está disminuyendo la carga procesal, los procesos judiciales son mas rápidos ya no oímos años sino meses para una sentencia, esto a generado confianza departe de nuestro poder judicial porque ya nos catalogaron como corte piloto para la aplicación de la nueva ley procesal de trabajo N° 29497 cuya implementación será desde el primero de diciembre y va a constituir los mismos resultados favorables hacia toda la comunidad, estos contextos de evolución y eficacia de nuestra colectividad jurídica y comunidad social es un orgullo para cada uno de los integrantes y más aun para mi persona como estudiante y estando a puertas de sentirme orgulloso de realizarme como abogado.

NATIVOS DIGITALES VS INMIGRANTES DIGITALES

El avance de la ciencia y la tecnología y por el contexto de globalización en el que nos desenvolvemos a dador lugar a estos dos términos en primer lugar los nativos digitales, son aquellas personas que se encuentran en la edad de cinco a cuarenta años aproximadamente y los inmigrantes digitales que se encuentran en una edad de cuarenta a mas, esta ilustración breve de estas edades y el rol que cumplen en este mundo lleno de relaciones on-line han afectado considerablemente una de las inteligencias múltiples ilustro por Howard Gardner descrita como la inteligencia interpersonal que abarca todas las relaciones fácticas de las personas, entendidas estas relaciones como las desarrolladas cara a cara que haya uso del lenguaje oral, mímicas, gestos, etc. y que estas relaciones se desarrollen mas constantemente para también ejercitar una de las áreas mas importantes del cerebro, área de broca, que es la encargada del desarrollo de nuestro lenguaje todos estos sistemas de relaciones sociales, desarrollo del lenguaje, AUTOESTIMA; están siendo perdidas, deterioradas, menoscabadas y disminuidas considerablemente porque no le encuentro ya mas ningún termino a mi expresión para ser más elocuente, la disminución de todos estos aspectos se da “gracias” al mundo virtual (relaciones on-line), uno de ellos: el famoso chatear un lenguaje muy conocido por los adolescentes de hoy consistente en navegar de mejor manera en las relaciones amicales, sociales, familiares, pero mediante un canal no me refiero a las ondas sonoras sino el cableado o red que se encuentra en nuestro espectro electromagnético que existe de computadora a computadoras mediante el correo electrónico por ejemplo: renso_321……………;ahora su hijo o hija debe estar en su cuarto o en su colegio (horas de computación) chateando tratando de conseguir amigos mediante su correo electrónico o conversando horas tras horas con un amigo que se citaron no personalmente sino virtualmente.
Otros de los beneficios del internet que esta siendo usado con discreción por nuestros niños adolescentes y jóvenes es el HI-FI derivada de la palabra high fidelity que tiene como significado alta fidelidad, un buen medio también para hacer amigos para tener nuestro circulo social por este canal y todos los adolescentes puedan acceder a ella sin ninguna restricción accediendo de esta manera al HI-FI de cualquier amigo(a) o incluso desconocidos teniendo una información casi completa como las fotos, el año de nacimiento, que les gusta o que no ya sea en películas deporte, donde estudian, donde se encuentran en este momento, dando de esta manera datos muy personalísimos al mundo del internet, para la algarabía del adolescente joven está bien dar este tipo de información porque saben con quién están comunicándose pero ojo no existe restricciones para entrar al HI-FI de un amigo o de cualquier persona por lo tanto también existe riesgos de parte de secuestradores, traficadores de órganos, que realizan tratas de personas, estas personas están al asecho de adolescentes que tienen las ganas de tener un mundo amigos y ser el centro de ellos, creo que no está demás limitarnos en algunas informaciones que afloremos al mundo on-line de la misma manera podemos hablar de otra bondad del internet: es el WI-FI derivada de la palabra wireless fidelity que tiene por significado fidelidad inalámbrica recordemos estos instrumentos que nos brinda la tecnología que va en aumento minuto a minuto debe ser utilizado prudentemente, con limitaciones no excedernos en tiempo al momento de hacer uso de estos instrumentos correo electrónico, HI-FI, WI-FI; porque puede generar vicios y consiguientemente problemas en nuestra morfología humana que más adelante pasaremos a detallar.
Teniendo en cuenta que el internet también se preocupa de conseguir relaciones amicales o círculos sociales con personas de diferentes estados también existe páginas en INTERNET que facilitan para conseguir información escrita, visual, audiovisual, de gran efectividad y credibilidad, una de ellas son las webs que paso a detallar mediante las paginas más visitadas según las investigaciones del Doctor Gary Smal en su libro el cerebro digital.

LAS DIEZ WEBS MÁS POPULARES
1. Yahoo
2. Google
3. MySpace
4. Microsoft Network (MSN)
5. YouTube
6. eBay
7. Facebook
8. Live.com
9. Wikipedia
10. Craigslist
Teniendo en cuenta que en estos buscadores webs los más populares y la información ya sea de google o wikipedia que se usa mas en nuestro contexto o ask.com debemos ser precisos en cuanto a las palabras que queremos buscar. Toda estas webs de información debe realizarse eficazmente no excediéndonos en el tiempo.
Las nuevas generaciones están al tanto de estos avances tecnológicos su cableado neuronal es más rápido que la de un “joven” de 50 años con una capacidad de aprendizaje raudo y teniendo en cuenta claro está el evolucionado cerebro que la generación del presente tiene un joven tiene comprensión directa con estos pocos instrumentos que he expuesto correo electrónico HI-FI, etc. se desenvuelve de mejor manera; es raro escuchar a un adolescente hablar que: no tengo correo electrónico o que no tiene HI-FI o una página en FaceBook etc. La gran mayoría navega con estos instrumentos el detalle es que lo hacen en exceso y genera primero vicios una excesiva cantidad de dopamina libera su cerebro, genera malestar en la morfología de la persona una de ellas hipertensión muscular, problemas de la vista, tendinitis en la mano: por el exceso de uso del maus o causada también por las diminutas teclas de nuestro celular con redes on-line, ojo recordemos la ciencia nos puede ayudar y hacer más fácil nuestra vida pero también nos puede destruir si asemos un uso excesivo de esas bondades o mal interpretamos las intenciones filantrópicas de la ciencia a comparación de un “joven” de 56 años le resulta un poco difícil el aprendizaje de estos instrumentos on-line porque su cableado neuronal es diferente por la sencilla razón de que ese caballero de 56 años se desenvolvía en un contexto de maquinas por ejemplo la famosa máquina de escribir para sus escritos o redacciones, tenía en cuenta en toda su vida las relaciones cara a cara las relaciones físicas el empleo del lenguaje de mejor manera la expresividad de sus palabras un mejor entendimiento del significado de los gestos, movimientos corporales mas definidos, resuelve los conflictos eficazmente, y muchas cualidades propias del ser humano por la sencilla razón de que sus relaciones sociales eran más fluidas y reales a diferencia de los nativos digitales los jóvenes que están perdiendo esas cualidad no tienen expresividad, elocuencia en sus palabras, les cuesta resolver un problema su cableado neuronal es rápido pero ineficaz, todo lo quiere al instante por ejemplo mientras está bajando música del internet a su MP4 o IPOD esta digitando a la vez esta chateando y una tareíta mas está escuchando música de You Tube las multitareas que le gusta realizar al nativo digital son en cierta manera ineficaces porque no las va hacer bien y por consiguiente existe una pérdida de atención en los nativos digitales. Esta exposición de los beneficios de nuestro mundo on-line, también el internet, son insumos básicos para esta era de avances científicos y para el desarrollo de nuestra personalidad en el contexto socio-laboral, recordemos no hacer uso excesivo de estos instrumentos.


2012 ¿SE ACERCA NUESTRO FINAL?

La idiosincrasia humana hoy en día vive en horror y desorden, perdidas continuas de valores, pérdidas humanas por unos centavos, y otros actos perversos hacia nuestro entorno social y ambiental, por consiguiente nos vemos envueltos de soledad acarreado por el egoísmo, los tiempos están cambiando, ya no vemos una sociedad organizada que respeten los derechos humanos, existen guerras tras guerras, e inclusive en algunos estado vemos golpes duros a la democracia todo estos anti valores éticos propios del hombre actual estará siendo motivo para nuestra ¿eliminación?.
Existen varias profecías o precogniciones acerca del fin del mundo que será el 23 de diciembre del 2012, una de esas profecías está dada por uno de los 3 calendario Maya, que a continuación paso a ilustrar: uno de esos calendarios es el calendario Solar, llamado Gaap constituido por 365 días, dividido en 18 meses de 20 días cada mes, más un corto periodo de 5 días consideradas como días desafortunados los científicos muestran su asombro ante tal precisión y exactitud de este calendario, pero los Mayas también tenían un segundo calendario ceremonial conocido como el Solkem constituido por 260, este ciclo sagrado estaba basado en todas las experiencias humanas como por ejemplo: se basaba en un periodo de 9 meses que duraba la gestación humana que es aprox. 260 días y también este calendario se dio para unificar los procesos del cielo y la tierra, también para determinar las mejores fechas de guerras y matrimonios y designar personas para diferentes cargos, de esta manera los Mayas combinaron el Solken con el Gaap para constituir la rueda calendárica que consta de 52 años que combina el ciclo solar con los 260 días y solo se repite cada 52 años y los mayas se sentían se sentían orgullosos para ver la culminación de la rueda calendárica.
Pero existió otro calendario que gracias al estudioso Fosterman se descubrió, es en este calendario donde se establece el día final, este calendario tiene su inicio el 13 de agosto del año 3114 a. c. y termina 5125 años después exactamente hablando el 23 de diciembre del 2012, dentro de la cuenta larga de este calendario encontramos el llamada Catum que está compuesta cada 20 años y cada sucedo en estos Catum fue redactado por un sacerdote, misterioso maya llamado Shalam Balam que predecía acontecimientos futuros que se realizaron a lo largo de la historia por ejemplo el Catum 13 dice: ESTA ES UNA ÉPOCA DE COLAPSO EN DONDE TODO SE PIERDE ES EL MOMENTO DEL JUICIO DE DIOS, HABRÁ EPIDEMIAS Y PLAGAS Y LUEGO AMBRUNA, LOS GOBERNANTES SE ENTREGARAN A LOS FORASTEROS Y SE PERDERÁN LOS SABIOS Y PROFETAS; esto se cumplió en 1520 cuando los conquistadores españoles llegaron a México, donde se cumple de esta manera el Catum 13 y el ciclo se cumplió otra vez en 1776 que corresponde y se relaciona con las diferentes revoluciones americanas y francesas. Esta es una de todas las predicciones cumplidas emitidas por Shalam Balam mediante sus Catums.
Pero lo que todos tememos es la realización de un Catum, el Catum actual es el Catum cuarto. Que comenzó en 1993 y culmina el 2012, es sacerdote Shalam Balam menciona que en este Catum se realizara un acontecimiento revelador a la tierra, pero no se da esta fecha arbitrariamente por los mayas sino se da gracias a sus avanzados conocimientos de astronomía.
Los Mayas y los científicos actuales dicen que el 23 de diciembre durante del Solsticio de diciembre el sol se alineara con el centro de nuestra vía láctea, esto es un suceso extraño que se realiza cada 26000 años y la tierra sufrirá una precesión, a este acto de la tierra los Mayas consideran como un evento muy importante porque determinaban donde se encontraban a nivel galáctico y en qué tiempo se encontraban para determinar fechas exactas en sus diferentes calendarios.
Los mayas dijeron que emergerá una nueva época después del 23 de diciembre del 2012, esto tiene sentido porque los Mayas no veían al tiempo como un periodo con un punto de partida continuado y llega a un final, sino que tenían otra perspectiva y decían lo que sucedió en el pasado volverá a suceder en el transcurso del tiempo. Pero no sabemos qué ocurrirá en este periodo el Catum cuarto dice acerca de esta fecha de diciembre del 2012 y nos ilustra de la siguiente manera y de esta manera ya sabremos a qué atenernos el Catum cuarto dice: PARA LA MITAD HABRA COMIDA PARA LOS OTROS INFORTUNEO, LA EPOCA FINAL DE LA PALABRA DE DIOS, UNA EPOCA PARA UNIRSE POR UNA CAUSA. Este Catum tiene varias interpretaciones, si recordamos un poquito y decimos, estamos viviendo en un mundo donde no hay armonía, lleno de envidia, superpoblación, contaminación, contaminación ambiental, ahora nos toca reflexionar de que manera estamos en el presente y si seguimos así ¿a done vamos a llegar?, entonces como debemos cambiar esas actitudes e ideologías negativas. El año 2012 no es un año de muertes o sangrado de generaciones, no puede concebirse así la historia, sino es un año de renacimiento de cambio de actitudes, de concientización de esperanza de vida y amor al prójimo.
El Catum cuarto nos da a conocer de que manera actuar una parte dice: …….UNA EPOCA PARA UNIRSE POR UNA CAUSA, ya vieron anteriormente las causas (desastres, guerras, corrupción, etc.) estos son los motivos para unirnos y cambiar esta realidad. “recuerden un prójimo nos espera”.

2012